El radicalismo local elevó un pedido para que el Concejo Deliberante arme una comisión investigadora para establecer pormenores de los hechos vinculados a una denuncia por violencia de género ocurrida dentro del ámbito de la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad de Bragado, particularmente uno de tales ocurrido ante la presencia del titular del Departamento Ejecutivo, representante legal y único de la institución municipal, y fue realizada contra el actual Director de Deportes, señalando situaciones de maltrato y conductas violentas en diferentes medios de comunicación.
“Se han denunciado supuestos hechos de violencia de género, alguno de ellos producido en presencia del propio Intendente – quien debe garantizar la prevención, asistencia y reversión de estereotipos y patrones de machismo y discriminación en toda la sociedad – , los que deben ser esclarecidos con las consecuencias que pudieran caber, en los ámbitos administrativo, laboral y aún judicial, sin mellar la presunción de inocencia que se garantiza constitucionalmente a cualquier persona”, dijo Labaqui al presentar un proyecto de Decreto para crear una Comisión Investigadora sobre la imputación de una exsecretaria municipal contra actual funcionario del Departamento Ejecutivo.
En el escrito, la concejal radical indica:
ARTÍCULO 1°.- Confórmase una Comisión Especial de Investigación de los Hechos de Violencia de Género en el ámbito laboral de la administración de la Municipalidad de Bragado de los que resulta denunciante pública la ex secretaria de Desarrollo Social, María Villavicencio.
ARTÍCULO 2°.- La Comisión dispuesta en la cláusula precedente estará presidida por la concejal presidente de la Comisión de Mujer, Género y Diversidades Sexuales e integrada por una representante por Bloque Político y los concejales que posean el título de abogados.
ARTÍCULO 3°.- QUÓRUM. El quórum para sesionar será el establecido en el artículo 39 del Reglamento Interno para las sesiones del H. Concejo Deliberante.
Las
decisiones se adoptarán por la mayoría de los concejales presentes reunidos en
quórum normado en el párrafo anterior.
ARTÍCULO 4°.- ATRIBUCIONES. La Comisión Investigadora tiene las siguientes atribuciones, facultades y competencias:
a) Convocar a su sala todos los actores aludidos y nombrados en la
denuncia pública. Si se tratare del señor Intendente Municipal podrá
presentarse por escrito.
b) Remitir oficios y solicitar
informes, documentos y antecedentes que sean relevantes al objeto de la
investigación incluyendo, sin limitación, a cualquier órgano, funcionario o
empleado de la Municipalidad de Bragado debiendo los funcionarios públicos proporcionar
la información dentro del término que les fijare el organismo.
c) Convocar a funcionarios públicos y
terceros, como también tomar declaraciones testimoniales, que deberán ser
prestadas con, por lo menos, la presencia de un tercio (1/3) de los miembros.
d) Recibir denuncias, escritas u
orales, y material probatorio sobre el objeto de la investigación, como
asimismo efectuar denuncias ante los organismos competentes, que resulten del
curso propio de la investigación.
e) Recabar información relacionada con
el objeto de la investigación.
f) Poner en conocimiento de las
autoridades competentes el incumplimiento, resistencia, desobediencia,
reticencia, demora, obstaculización o cualquier otra actitud tendiente a
interferir en el normal y efectivo desarrollo de las actividades de la
comisión.
g) Incoar las acciones que cupieren al
finalizar la investigación una vez formulado el informe final pertinente.
ARTÍCULO 5°.- El Organismo tendrá treinta (30) días hábiles
para el cumplimiento de su cometido.