A través de una medida llevada a cabo por el Juzgado Federal Nº2 de Mendoza, se suspendió a nivel país los artículos del DNU 70/2023 establecidos por el Gobierno de La Libertad Avanza que autorizaban el expendio de medicamentos de venta libre fuera de las farmacias y sin la presencia de un profesional matriculado.
La medida ocurre en consecuencia de un recurso de amparo por el Colegio de Farmacéuticos de Mendoza ante la justicia de aquella provincia. Así, la medida cautelar del Juzgado Federal Nº2 deja sin efecto los artículos del megadecreto firmado por Javier Milei que establecía el “expendio libre” en diferentes comercios, como kioscos.
Con ello, vuelve a tener efecto el artículo 1 de la ley 17.565 de 1967, que restringe la venta de medicamentos de forma exclusiva a las farmacias. Esto es consecuencia de una búsqueda legal de colectivos de farmacéuticos que expresan que la desregulación que busca el Gobierno Nacional, afecta puestos de trabajo, derechos laborales y más.
En principio, se suspenderá el expendio de medicamentos sin receta -llamados venta libre- que deberán ser vendidos sólo en farmacias.
Por otro lado, a través de una serie de apelaciones llevadas a cabo en abril, será necesario contar con un farmacéutico durante todo el horario de atención al público en las farmacias.
En diálogo con Infobae, Mario Valestra, presidente del Colegio de Farmacéutico de Mendoza, expresó que presentó su recurso en lo referido específicamente al “ejercicio profesional del farmacéutico” ya que “no concebimos farmacia sin farmacéuticos y mientras una farmacia esté abierta y dispensando tiene que haber un farmacéutico responsable de la misma”.